A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 5º Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 1º Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral interpuesta por EMSSANAR E.S.S. en contra de La Nación, el Ministerio de la Protección Social y la ADRES, con el propósito de obtener el pago de las sumas de dinero adeudadas por los servicios brindados a los afiliados como garantía de la prestación de servicios y medicamentos no incluidos en el POS, en cumplimiento de fallos de tutela o decisiones de los comités técnicos científicos. .
La Corte verificó el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y estableció que la resolución del precitado proceso le corresponde al Juzgado 1º Administrativo Oral del Circuito de Cali, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los sujetos procesales interesados.
Como regla de decisión se estableció que, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros de servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS, hoy PBS, corresponde a los jueces contencioso administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una EPS un acto administrativo proferido por la ADRES.
Concluyó que, este tipo de controversias no corresponde a las previstas en el numeral 4º del artículo 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en la medida en que no se relacionan, en estricto sentido, con la prestación de los servicios de la seguridad social.
Precisó que, se trata de litigios presentados exclusivamente entre entidades administradoras y relativos a la financiación de servicios ya prestados, que no implican a afiliados, beneficiarios o usuarios ni a empleadores.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 5o Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 1o Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 1o Administrativo Oral del Circuito de Cali conocer el proceso ordinario laboral presentado por Emssanar E.S.S. en contra de la Nacion, el Ministerio de Salud y Proteccion Social y la ADRES, de acuerdo con las consideraciones de este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-381 al Juzgado 1o Administrativo Oral del Circuito de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decision al Juzgado 5o Laboral del Circuito de Cali y a los sujetos procesales dentro del proceso ordinario laboral correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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